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Poder Judicial

Diputados aprueban licencia por paternidad de 15 días

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en primera lectura el proyecto de ley que modifica varias disposiciones del Código de Trabajo para ampliar la licencia de maternidad y paternidad, entre otras disposiciones en beneficio del trabajador.

La pieza legislativa, de la autoría del diputado José Horacio Rodríguez, establece en el párrafo uno del artículo 54 que en caso de alumbramiento de la esposa o de la compañera, debidamente registrada en la empresa, el empleador otorgará una licencia por paternidad remunerada por 15 días laborables a partir del nacimiento o adopción del infante, precisó una nota de la Cámara de Diputados.

Además, el empleador está obligado a conceder al trabajador cinco días de licencia con disfrute de salario con motivo de la celebración de matrimonio, tres días en casos de fallecimiento de abuelos, padres, hijos o del cónyuge.

Con la modificación del artículo 236 la trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a un descanso obligatorio durante las seis semanas que preceden a la fecha probable del parto y las ocho semanas que siguen al alumbramiento.

La modificación del artículo 239 prevé que el descanso previo y posterior al parto será retribuido a la trabajadora afiliada con un subsidio de maternidad por parte de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales

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