Alta corte hace justicia, nueve meses después de sometida la acción de amparo por el veterano comunicador.
Por Juana de Jesús
SANTO DOMINGO, 5 de mayo, 2022 (ADPRESS).- El Tribunal Superior Administrativo (TSA) falló a favor del periodista Rafael Polanco Peralta, quien en julio de 2021 interpuso una acción de amparo, acusando al Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) por impedir su candidatura en las elecciones tras haberlo sacado del padrón de electores, al marcarlo como fallecido.
En la sentencia, los magistrados ordenaron al CDP que corrija el “error” de haber quitado al accionante de la lista de miembros, pues se pudo comprobar la membresía del veterano comunicador, así como los títulos y acreditaciones como profesional, y que jamás renunció al mismo, como afirmaba la parte accionada.
Asimismo, el tribunal pudo detectar que Polanco Peralta aparece en el padrón de electores con el número 3271, e inscrito con la matrícula número P18, pero señalado como “fallecido”.
Antecedentes de la acción
Tan pronto un grupo de periodistas anunció que quería competir en las elecciones generales del CDP, en junio pasado, con el fin de que Polanco compitiera para dirigir los destinos del gremio, Mercedes Castillo, su entonces presidenta, dijo que él no podía ser inscrito en ninguna plancha, pues no era miembro del Colegio.
Castillo había aducido que fue “por voluntad propia” que supuestamente Polanco había decidido no pertenecer a la entidad, y que por eso no pertenecía a la misma, ni podía participar en sus elecciones.
Al negársele la inscripción de la plancha que lo aupaba, Polanco inició gestiones para suspender las elecciones del 27 de agosto, pero el mismo TSA falló en su contra, permitiendo un mamotreto de comicios, en el que Aurelio Henríquez salió electo como presidente, apoyado por el movimiento al que pertenece Mercedes Castillo, el Marcelino Vega.
En ese interregno, Polanco interpuso la acción de amparo para que también se le restituyera su nombre en la lista de electores, y así poder participar en las actividades electivas del CDP.
“Gremio del que nunca renuncié, hasta donde tengo entendido no he sido expulsado y tampoco he fallecido…”, añadió. Por lo cual, el comunicador solicitó además que se le entregara su carnet como miembro.
En su petición, Polanco dijo que, junto a un grupo de periodistas, fundó la Asociación de Periodistas Profesionales (APP), por estar en desacuerdo con algunos postulados de la ley 10-91, que crea el CDP.
Pero, afirmó, luego hubo un acuerdo entre los periodistas que se habían distanciado, la señora Mercedes Castillo, (por ser directiva del gremio), y el señor Juan Tomás Olivero, lo cual permitió el retorno del grupo.
En otra parte de la sentencia, el TSA rechazó una astreinte solicitada por Polanco, consistente en el pago de RD$20,000 pesos diarios por cada día de retardo del CDP para restituirlo como miembro del Colegio Dominicano de Periodistas.